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Sustancias y prejuicios: un avance clave para los usuarios

Luego de los comicios electorales de Estados Unidos, el ganador de las elecciones no fue Joe Biden ni Donald Trump, el verdadero ganador fue el Cannabis.

Las iniciativas votadas por los estadounidenses, relacionadas a la regulación del cannabis tanto para uso medicinal como para uso adulto, fueron acompañadas por amplia mayoría en las urnas. De esta manera se suman los estados de Arizona, Mississippi, Nueva Jersey y Dakota del Sur, al total de 16 estados que habilitan el uso adulto del cannabis y por lo tanto su comercialización, al mismo tiempo quienes tengan delitos relacionados con el cannabis tendrán la posibilidad de pedir una nueva sentencia o la eliminación de sus antecedentes penales. Respecto a la situación del cannabis medicinal o terapéutico es una discusión casi saldada en el país del norte 41 de los 50 estados cuentan con habilitación para la utilización del mismo.

Sin embargo, lo más interesante es que algunos estados fueron un poco más allá, como ser el caso de Washington que votaron reducir la prioridad policial de la persecución de usuarios de plantas enteogénicas y hongos psilocibina mas bien conocidos como “Hongos Alucinógenos” o Ayahuasca, entre otras. El otro caso fue el de Oregón que despenalizo el consumo de sustancias como la cocaína y la heroína, esta medida tiene por objeto poder ayudar a quienes luchan contra la adicción a estas sustancias y son privados de la libertad y un tratamiento médico para su adicción por encontrarse en posesión de las mismas.

Mientras tanto, ¿Qué pasa en Argentina?

Desde 1989 contamos con la ley 23.737, más conocida como “Ley de Drogas”, que pena con prisión de 4 a 15 años, a quien tuviere en su poder sustancias que son consideradas ilícitas por la misma ley, tales como el cannabis, los alucinógenos, la cocaína entre otras.

Sin embargo, en 2009, el Tribunal Superior de Justicia, considero inconstitucional, la persecución y privación de la libertad de quienes tuvieran sustancias en su poder que fueran para uso personal, este fue el famoso “Fallo Arriola”, aunque las implicancias de este fallo no fueron suficientes para que se modifique esta ley. Hoy en día la realidad que viven la mayoría de usuarios de sustancias es la de ser detenidos y liberados gracias a las garantías de este fallo, sin embargo, viven un proceso violento de detención donde son incomunicados y privados de su libertad un mínimo de 24/48 horas, hasta que un fiscal disponga la falta de méritos amparándose en el fallo, siempre y cuando considere que la posesión que llevaba consigo el usuario era para consumo personal.

Llegando a 2017 se sanción la Ley 27.350 o “Ley de Cannabis medicinal”, la misma fue recién reglamentada en el año 2019, aunque sus alcances son pocos, solo habilitando a la patología de epilepsia refractaria a ser tratada con cannabis y su provisión por falta de producción nacional es garantizada mediante la importación desde Canadá con grandes trabas burocráticas, esto genero una contradicción en el concepto del cannabis como droga ilegal.

En la actualidad siguen siendo las y los cultivadores quienes abastecen de cannabis para uso terapéutico a quienes lo necesitan sean sus propios familiares o terceros, pero permanecen en la clandestinidad víctimas de una ley de drogas que les persigue y encarcela. Necesitamos dar un debate que permita ampliar los usos del cannabis y avanzar sobre una regulación que tenga al Estado como principal garante de los derechos de las y los usuarios de sustancias.

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