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Ley de promoción de la alimentación saludable – un gran paso en la búsqueda de la transparencia nutricional

El martes 26 de octubre fue aprobado y convertido en ley el proyecto de promoción de alimentación saludable o de etiquetado frontal de alimentos, una iniciativa impulsada por un amplio colectivo de activistas, instituciones y organizaciones nutricionales, sanitarias y ambientales. Estas esperaban hace tiempo la sanción de la misma debido a los impactos positivos que representa para la prevención de las enfermedades crónicas no transmisibles, una verdadera epidemia que hace décadas afecta a los argentinos.

Como mencionamos en otras editoriales , la ley busca brindar a los consumidores información nutricional de fácil comprensión que advierta sobre los alimentos y bebidas que poseen bajo valor nutricional o que cuentan en su composición con valores elevados de nutrientes críticos como las grasas, azúcares y sodio, para que de esta forma puedan basar sus decisiones de consumo en información clara y fidedigna. Estas advertencias se harán presentes mediante sellos negros con bordes y letras blancas en los alimentos y bebidas analcohólicas envasados en ausencia del cliente en cuya composición final el contenido de nutrientes críticos y su valor energético exceda los valores que en ella se establecen. Además, en caso de contener edulcorantes, el envase deberá tener la leyenda precautoria “Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as”; lo mismo en caso de la cafeína.

Si tomamos perspectiva de que en la actualidad Argentina es uno de los países que más desarrollo de enfermedades crónicas no transmisibles hizo en los últimos 20 años, con más de 27 millones de argentinos con exceso de peso y el alarmante crecimiento en un 75% de los factores de riesgo para la salud (principalmente obesidad y sobrepeso), resulta importante la necesidad de generar mayor transparencia y claridad en la promoción de alimentos y sus efectos para nuestra salud.  Incluso diversas organizaciones internacionales como la UNICEF, ONU Y la OMS  fueron claros al advertir la necesidad de esta ley para atacar la malnutrición infantil, algo que en nuestro país resultaría clave dado que tenemos la mayor tasa de exceso de peso en menores de 5 años de toda américa latina (13,6 %) .

Por otro lado, en la norma se prohíbe la publicidad dirigida a niños y adolescentes de aquellos productos que contengan al menos un sello de advertencia. También se prohíbe que estos productos se promocionen y entreguen a título gratuito, que incorporen en sus envases información nutricional complementaria, logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades científicas o asociaciones civiles y la inclusión de personajes infantiles y demás animaciones o dibujos.

Finalmente, el Consejo Federal de Educación deberá promover la inclusión de actividades didácticas y de políticas que establezcan los contenidos mínimos de educación alimentaria nutricional en establecimientos educativos iniciales, primarios y secundarios del país y no podrán existir en entornos escolares productos que contengan al menos 1 sello de advertencia.

Desde esta adjuntía, celebro la sanción de esta herramienta vital para garantizar los derechos humanos de acceso a la información, a la salud y a una alimentación adecuada y me comprometo a continuar trabajando en la difusión y construcción de nuevas políticas públicas y derechos que nos orienten hacia una sociedad más informada, que adopte nuevos hábitos sustentables y, por lo tanto, saludables, y respaldada en datos basados en evidencia científica para la libre elección de nuestros consumos.

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