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El Acceso al Cannabis es Salud

En los últimos días desde el Ministerio de Salud, plantearon la necesidad de modificar la actual reglamentación de la ley 27.350, que garantiza la posibilidad de investigación y utilización de cannabis de manera terapéutica.

Para esto presentaron una propuesta al poder ejecutivo para su re-reglamentación, la misma fue realizada en conjunto con el Consejo Consultivo Honorable que está compuesto por organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática cannabis, como ser Mamá Cultiva, CAMEDA, Cecca, entre otras. Esta nueva reglamentación contemplaría, nuevas vías de acceso al cannabis y sus derivados, ampliaría las patologías tratables con cannabis y facilitaría los marcos para el desarrollo de nuevas investigaciones.

Recordemos que hoy en día en Argentina, la Ley de Cannabis Medicinal, no se encuentra reglamentada en su totalidad y la misma solo habilita su uso para pacientes con epilepsia refractaria, al mismo tiempo solo contempla la utilización de aceite de cannabis, y limita su abastecimiento a través de la importación.

Si analizamos otros caso de América donde el cannabis es legal para su uso terapéutico, veremos que sus acceso se encuentran mucho menos restringido, no sólo contemplan más patologías, también conciben la utilización de la planta de cannabis y sus derivados, es decir no sólo en forma de aceite, y al mismo tiempo incorporan distintas vías de acceso para el mismo.

Los ejemplos más avanzados son los de Uruguay, California y Canada los cuales también regulan su uso adulto.

En 2014 Uruguay se convirtió en el primer país del mundo en legalizar el uso recreacional del cannabis y el primero de Latinoamérica en legalizar su uso para fines medicinales, terapéuticos e investigativos. El modelo uruguayo es predominantemente estatal, solo pueden producir aquellos a quienes el Instituto de Regulación y Control del Cannabis (IRCCA)  les da una licencia y la comercialización se realiza a través de farmacias. Existen tres grandes tipos de licencia: uno para empresas proveedoras del Estado, otra para clubes canabicos y finalmente para el autocultivo. El límite de posesión es de 40 gramos por mes.

En el caso de California el uso medicinal es legal desde 1996, y su uso adulto desde 2016. Hasta antes del 2016, podía acceder al cannabis cualquier persona que tuviese una receta para uso terapéutico, sin necesidad de justificar su uso. Asimismo, el autocultivo es legal en tanto no esté a la vista de nadie. Al mismo tiempo se comercializa en todas sus formas y se puede adquirir en farmacias o dispensarios de cannabis e incluso a través de compras online. También es importante señalar que no existe ningún registro de consumidores ni de cultivadores pequeños.

El caso de Canadá es muy similar al de California. El uso medicinal es legal desde 1999, y su uso recreacional desde 2018. El autocultivo exige una licencia y debe ser inferior a 6 plantas. El esquema actual es parte de una estrategia canadiense de desarrollar grandes productores locales que puedan cumplir con altos niveles de regulación. Esto significa que Canadá cuenta actualmente con 44 productores, los cuales proveen a los distintos dispensarios alrededor del país. La regulación de estos dispensarios es determinada por cada provincia por lo que varía dentro del país. El acceso a entregas online está garantizado en todo el país.

A estos ejemplos, se suman otros países con sus propias reglamentaciones, cómo Colombia, Chile, Brasil, Perú y México.

En julio de 2016 el gobierno colombiano expidió la ley 1787 que regula el uso y la comercialización del cannabis medicinal en el país. Este cambio en la legislación no sólo representa una alternativa en términos de salud pública sino que es una pieza clave en la reconstrucción de una sociedad que ha padecido un conflicto armado por décadas. Uno de los puntos del acuerdo precisamente se enfoca en la sustitución de cultivos y la necesidad de un cambio en la política de drogas. La ley se pensó como una alternativa para que las familias que han sido parte del narcotráfico pasen a la legalidad a través del cultivo de cannabis medicinal. Asimismo, la ley incluye consideraciones especiales para las comunidades campesinas, como por ejemplo el establecimiento de una cuota mínima del 10% de la participación de la producción para los cultivadores pequeños y medianos.

El cannabis medicinal es legal en Chile desde Octubre del 2015. El decreto 84 de ese mismo año establece que el uso del cannabis será legal en tanto sea autorizado por el Instituto de Salud Publica. El decreto afirma que “las especialidades farmacéuticas que contengan cannabis, resina de cannabis, extractos y tinturas de cannabis podrán expenderse al público en farmacias o laboratorios mediante receta médica retenida con control de existencia”. Estos medicamentos deben cumplir los mismos requisitos que cualquier otra droga que se pueda obtener en una farmacia y para acceder a ellos es necesaria una prescripción médica. Por otra parte, el cultivo personal como vía de acceso al uso terapéutico está despenalizado desde 2006. la ley 20.000 prohíbe el tráfico de estupefacientes, pero exime el autocultivo de cannabis, su consumo privado y con fines medicinales.

En Brasil la importación de medicación basada en aceite de CBD, incluyendo THC y flores de marihuana está permitida desde el 2015. Y desde el año pasado, la elaboración de los medicamentos puede localmente y se facilito la venta en farmacias.

Empujada por un emblemático caso de un allanamiento a un laboratorio clandestino a principios de 2017, en noviembre de ese mismo año se publicó en Perú oficialmente la ley N°  30681 regulando el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados. La ley incluye un sistema de licencias para investigación, importación, comercialización y producción de medicamentos en base de cannabis. La reglamentación de la misma se realizó por decreto supremo en febrero del 2019. Y en abril de este año se otorgó la primera licencia peruana para la venta de cannabis medicinal a la empresa Khiron Life Sciences Corp.

Finalmente, las reformas a la Ley General de Salud y al Código Penal en 2017 permitieron en México el uso de cannabis con fines médicos y científicos. Aunque El debate para la creación de una ley específica relacionada al Cannabis sigue vigente en el congreso mexicano.

Es necesario que se modifique la ley de Cannabis Medicinal, para garantizar el derecho a la salud de los y las usuarias de cannabis. Debemos avanzar hacia una una ley que incorpore nuevas formas de acceso al cannabis como el autocultivo, el cultivo solidario y colectivo, y a su vez fomente la producción estatal, no sólo para garantizar el derecho a la salud, sino que también para proteger a todas las personas que hoy son víctimas de la ley penal y son privadas de su libertad por utilizar o cultivar cannabis.

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