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Cómo denunciar ruidos molestos

¿Sabías que si sufrís por ruidos molestos provenientes de actividades particulares,
comerciales e industriales podes hacer tu reclamo?

📍La Ley 1.540 de Control de la Contaminación Acústica en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece los límites permitidos para ruidos, según el horario y la zona que corresponda, de acuerdo al Código de Planeamiento Urbano.
📍Tené en cuenta que no se suelen considerar ruidos molestos los siguientes: ruidos de animales, conversaciones, sonidos de obras habilitadas en los horarios permitidos, por nombrar algunos. En la ley se establece el máximo de decibeles permitidos para cada actividad regulada.

➡️Cómo se puede denunciar:

● Online: a través del trámite Ruidos molestos provenientes de actividades comerciales e industriales o a través del Sistema Único de Atención Ciudadana (SUACI)
● Mediante el portal de Gestión Colaborativa
https://gestioncolaborativa.buenosaires.gob.ar/prestaciones
● Telefónicamente: llamando al 147: todos los días, las 24 hs del día.
● Defensoría del Pueblo de CABA. Telefónicamente al 0800-999-3722 o al 4338-4900, de lunes a viernes de 10 a 18 hs. Online en el Portal del vecino o por correo
electrónico a [email protected].

‼A partir del reclamo, en algunos casos se puede coordinar una inspección en el domicilio de la persona afectada por parte de la Dirección General de Control Ambiental, quien realizará
una medición de los ruidos molestos.
❗De comprobarse que existen, se pueden establecer multas. Además se puede intimar a la persona responsable de la actividad habilitada generadora de las molestias para que procure evitar los ruidos.
❗En caso de incumplimiento, se puede proceder a la clausura de la actividad y hasta la inhabilitación por un plazo de tiempo.

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