En este momento estás viendo Prosumidores de Energía Renovable

Prosumidores de Energía Renovable

En noviembre de 2017 se sanciono en nuestro país la Ley 27.424, más conocida por el nombre de Régimen de Fomento de la Generación Distribuida de Energía Renovable Integrada a la Red Eléctrica Pública, para usuarios residenciales y pymes.

Con su implementación, los usuarios del servicio público de electricidad tendrán derecho a dejar de ser solamente usuarios para convertirse en usuarios-generadores, o usuarios prosumidores de energía, es decir, usuarios que no solo consumen energía de la red sino que también la producen y la inyectan en ella. Por su parte, los prestadores de servicio se verán obligados a expedir e instalar nuevos medidores de generación distribuida, que permitirán no solo calcular cuanta energía se consumo, sino también cuanta se inyecta nuevamente a la red.

En otras palabras, esta ley permitirá que los usuarios puedan generar su propia electricidad y reducir el gasto en sus facturas, ya que la energía producida que no sea utilizada, podrá ser inyectada a la red de distribución para ser consumida por otros usuarios. El valor a pagar por el usuario-generador será el resultado del cálculo neto entre el valor de la energía demandada y el de la energía inyectada, y si existe un excedente a favor del usuario, el mismo se transformara en crédito para futuros periodos. En cuanto al precio de la tarifa de inyección, este será establecido en la reglamentación de manera acorde al precio estacional correspondiente a cada tipo de usuario, que deben pagar los distribuidores en el Mercado Eléctrico Mayorista conforme al artículo 36 de la ley 24.065. Por otro lado, la generación de energía renovable contribuirá a la reducción de pérdidas en el sistema eléctrico general que se encuentra saturado, y a la protección ambiental por las menores emisiones de dióxido de carbono a la hora de producir la energía de manera sustentable.

En mayo del corriente año, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires promulgó la Ley N° 6165, a través de la cual se adhirió a la Ley Nacional N° 27.424. Como incentivos, la reglamentación dispone que se exima del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a la actividad de inyección a la red de excedentes de energía eléctrica generada por el usuario-generador. Igualmente se libera de Impuesto de Sellos a los instrumentos que se suscriban para el desarrollo de la actividad de generación eléctrica de origen renovable por parte de los usuarios-generadores de la red de distribución para su auto consumo y para la eventual inyección de excedentes a la red. Además, el usuario-generador tendrá una reducción de un veinte por ciento en los Derechos de Delineación y Construcción.

A pesar de esto, nuestra ciudad todavía está lejos del avance que tuvieron otras provincias en fomentar la generación residencial de electricidad a partir de energías renovables. Por ejemplo, Santa Fe es la más avanzada en su reglamentación, donde mismo el banco provincial otorga créditos para comprar los equipos y subsidia la compra de energía al usuario. Así, al estar subsidiado por el gobierno provincial, al usuario se le paga $11 por kW/h durante un periodo de cuatro años, y luego el precio baja a cerca de $2, que está relacionado con el precio de la energía en el mercado mayorista. En cambio, en Capital Federal, las distribuidoras -Edenor y Edesur- cobran en general entre $3 y $4 por el kilowatt-hora (kW/h) consumido, y si un cliente se convierte en prosumidor, las distribuidoras pagan solo $1,90 por kW/h inyectado a la red.

En cuanto a los costos de instalación de los equipos requerido, estos serán absorbidos por el usuario-generador, y nunca podrán superar el valor de instalación, reinstalación o cambio de equipos convencionales. Se estima que el valor de adquirir e instalar paneles solares todavía es caro, pero el precio de los equipos cayó un 40% en los últimos dos años. Un panel estándar que genera 230 watts, de dos metros de largo y uno de alto, cuesta $10.000. Lo interesante es que tienen una vida útil de 25 años y con el ahorro energético en 8 años se repagan.

Para pedir la instalación del medidor bidireccional, el usuario puede hacer los trámites de forma online aquí, para lo que necesitará la certificación de una persona matriculada. Una vez que la Secretaría de Energía aprueba los cuatro pasos de la solicitud, le pide a la empresa distribuidora que haga la instalación del medidor bidireccional.

Este es el primer paso de un largo camino para alcanzar políticas verdes con un impacto real en la cotidianeidad de las personas. Que empecemos a andar por esta vía es motivo de alegría para los que queremos un mundo pleno para las próximas generaciones.

Con su implementación, los usuarios del servicio público de electricidad tendrán derecho a dejar de ser solamente usuarios para convertirse en usuarios-generadores, o usuarios prosumidores de energía, es decir, usuarios que no solo consumen energía de la red sino que también la producen y la inyectan en ella. Por su parte, los prestadores de servicio se verán obligados a expedir e instalar nuevos medidores de generación distribuida, que permitirán no solo calcular cuanta energía se consumo, sino también cuanta se inyecta nuevamente a la red.

En otras palabras, esta ley permitirá que los usuarios puedan generar su propia electricidad y reducir el gasto en sus facturas, ya que la energía producida que no sea utilizada, podrá ser inyectada a la red de distribución para ser consumida por otros usuarios. El valor a pagar por el usuario-generador será el resultado del cálculo neto entre el valor de la energía demandada y el de la energía inyectada, y si existe un excedente a favor del usuario, el mismo se transformara en crédito para futuros periodos. En cuanto al precio de la tarifa de inyección, este será establecido en la reglamentación de manera acorde al precio estacional correspondiente a cada tipo de usuario, que deben pagar los distribuidores en el Mercado Eléctrico Mayorista conforme al artículo 36 de la ley 24.065. Por otro lado, la generación de energía renovable contribuirá a la reducción de pérdidas en el sistema eléctrico general que se encuentra saturado, y a la protección ambiental por las menores emisiones de dióxido de carbono a la hora de producir la energía de manera sustentable.

En mayo del corriente año, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires promulgó la Ley N° 6165, a través de la cual se adhirió a la Ley Nacional N° 27.424. Como incentivos, la reglamentación dispone que se exima del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a la actividad de inyección a la red de excedentes de energía eléctrica generada por el usuario-generador Igualmente se libera de Impuesto de Sellos a los instrumentos que se suscriban para el desarrollo de la actividad de generación eléctrica de origen renovable por parte de los usuarios-generadores de la red de distribución para su auto consumo y para la eventual inyección de excedentes a la red. Además, el usuario-generador tendrá una reducción de un veinte por ciento en los Derechos de Delineación y Construcción.

A pesar de esto, nuestra ciudad todavía está lejos del avance que tuvieron otras provincias en fomentar la generación residencial de electricidad a partir de energías renovables. Por ejemplo, Santa Fe es la más avanzada en su reglamentación, donde mismo el banco provincial otorga créditos para comprar los equipos y subsidia la compra de energía al usuario. Así, al estar subsidiado por el gobierno provincial, al usuario se le paga $11 por kW/h durante un periodo de cuatro años, y luego el precio baja a cerca de $2, que está relacionado con el precio de la energía en el mercado mayorista. En cambio, en Capital Federal, las distribuidoras -Edenor y Edesur- cobran en general entre $3 y $4 por el kilowatt-hora (kW/h) consumido, y si un cliente se convierte en prosumidor, las distribuidoras pagan solo $1,90 por kW/h inyectado a la red.

En cuanto a los costos de instalación de los equipos requerido, estos serán absorbidos por el usuario-generador, y nunca podrán superar el valor de instalación, reinstalación o cambio de equipos convencionales. Se estima que el valor de adquirir e instalar paneles solares todavía es caro, pero el precio de los equipos cayó un 40% en los últimos dos años. Un panel estándar que genera 230 watts, de dos metros de largo y uno de alto, cuesta $10.000. Lo interesante es que tienen una vida útil de 25 años y con el ahorro energético en 8 años se repagan.

Para pedir la instalación del medidor bidireccional, el usuario puede hacer los trámites de forma online en https://www.argentina.gob.ar/energia/generacion-distribuida, para lo que necesitará la certificación de una persona matriculada. Una vez que la Secretaría de Energía aprueba los cuatro pasos de la solicitud, le pide a la empresa distribuidora que haga la instalación del medidor bidireccional.

Deja un comentario