La Resolución 565/2023, firmada por la ministra Carla Vizzotti, impide la “importación, distribución, comercialización, la publicidad y cualquier modalidad de promoción y patrocinio en todo el territorio argentino de los sistemas o dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco, denominados habitualmente como “Productos de Tabaco Calentado”
El motivo es que este tipo de productos causan aerosoles con nicotina, acetaldehído, acroleína, y el formaldehído, las cuales son dañinas para la salud, además de generar una iniciación en el tabaco a personas que no solían consumir el cigarrillo tradicional.
La prohibición abarca todo tipo de accesorios, cartuchos y barras de tabaco para ser calentados en dichos sistemas.
En los considerandos de la resolución se menciona que los costos del tabaquismo equivalen a más del 1,2% del producto bruto interno (PBI) del país, pues “genera un costo médico directo anual de más de $196 mil millones (pesos argentinos año 2020), un costo de productividad laboral perdida superior a los $91 mil millones, y costos de cuidado informal de más de $75 mil millones.”